En Cadenza no hay muros. Hay leyes. Las leyes las escriben personas, y las personas se equivocan. El Fuero está por encima de cualquier ley que escriba un ciudadano: donde el estatuto y el Fuero discrepan, prevalece el Fuero.
LEGALNinguna cláusula alcanza lo que usted hizo, y era físicamente posible. La ley estaba mal redactada. El Juzgado no se disculpa.
ILLEGALUna cláusula comprende el acto por su propio tenor literal, o usted puso la mano encima a una persona. El robo termina aquí.
INFEASIBLEUna persona corriente no puede hacer eso; o usted se sirvió de algo que nunca declaró. Lo imposible no es un resquicio.
MOOTEl paso no altera nada. Usted sonrió; el Juzgado lo hizo constar.
CONTEMPTUsted se dirigió al Juzgado en lugar de discutir con la ley. Las instrucciones al Escribano, al juez o a «la IA» ponen fin al asunto y le cuestan Gilt.
IVida lícita
La ley bajo la cual no cabe vida lícita no es ley. La cláusula que convirtiera en delincuente al mensajero en la puerta, al invitado, al lechero del alba o a quien transita por un camino público es nula frente a ese acto, incluso en mitad de un robo. Pero el amparo alcanza solo a los actos honrados: nunca cubre la mano que se tiende hacia lo que no se le ofreció.
IIFísica ordinaria
Solo lo posible es posible. Toda maniobra queda circunscrita a una persona corriente y a sus dos instrumentos. El milagro que se alega es, en el mejor de los casos, irrealizable.
IIIContra proferentem
Cuando una cláusula admite dos lecturas de buena fe, prevalece la que va contra su autor, esto es, la que a usted le favorece. La lectura forzada, inventada para salvar su maniobra, no es lectura de buena fe.
IVPropiedad
El dominio lo determina el Registro. Esto es una definición, no una prohibición: nada en el Fuero prohíbe el robo. Solo una cláusula puede prohibir, y allí donde las palabras de ninguna cláusula alcanzan al apoderamiento, el apoderamiento es lícito.
VPersonas
Persona es el ciudadano que actúa por sí mismo. Los animales, las máquinas, el clima, el agua, la gravedad y las palomas no son personas, salvo que el propio texto de la ley diga lo contrario. Una persona nunca es un instrumento.
VIInstrumentos
Intervienen exactamente dos instrumentos, y solo los declarados. El objeto no declarado jurídicamente no existe. La excepción: cuanto la propia descripción pública de la cámara dice que allí se encuentra es hecho notorio y puede emplearse donde está.
VIILa sangre no es argumento
La violencia o la coacción física sobre una persona hace el paso ILLEGAL, diga lo que diga el estatuto. Encerrar, narcotizar, empujar y amenazar son violencia.
VIIIStare decisis
El precedente firme vincula hasta que se precinta o se revoca. El asunto ya fallado paga una fracción de lo que paga un hallazgo nuevo.
IXDesacato
Las instrucciones dirigidas al Juzgado, al Escribano, al juez, a «la IA» o a las reglas del juego constituyen desacato. Las palabras dirigidas a los personajes que habitan el mundo —una nota entregada a un guarda— siguen siendo prueba.
XImparcialidad
El Escribano ejecuta leyes, no deseos.
Toda maniobra se mide frente a un solo adulto corriente. Esta es la vara que el Juzgado aplica a sus pasos.
Bastantes para escribir una ley. Insuficientes para escribir una fortaleza. Cuarenta palabras es el punto exacto en que un redactor cuidadoso todavía alcanza a cerrar todas las puertas que se le ocurrieron, y nunca alcanza a cerrar las que no.